Con motivo de las acciones para dinamizar la economía, diversas Comunidades Autónomas están aprobando y publicando en sus Boletines Oficiales, distintas medidas para la simplificación Administrativa y la agilización de la economía, de ámbito transversal.

Este es un asunto de largo recorrido, en el que se lleva trabajando intensamente desde las Asociaciones empresariales de todos los ámbitos, pero en el que los avances siempre han sido pocos y difíciles, dada la inercia hiperreguladora e intervencionista de muchas disposiciones legales que han abocado a que muchas Administraciones luego no dispusieran de recursos suficientes para cumplir sus propios plazos y procedimientos.

En el año 2019, a través del Comité Jurídico de COMINROC, se han empezado a preparar unas propuestas de mejora y modernización de procedimientos que se están terminando de integrar en un informe que servirá como propuestas a las 17 Direcciones Generales competentes en minería y a la Dirección General de Política Energética y Minas del MiTERD.

Entre las propuestas de reforma legislativa y agilización de trámites en las que se está trabajando, destacan:

  • Obligación de emisión de informes sectoriales en el plazo fijado
  • Implementación del principio: “un único informe – un único trámite de información pública”
  • Implementación de la figura del silencio administrativo positivo de una vez y de manera real y efectiva.
  • Sustitución de licencias municipales/ambientales por declaración responsable.
  • Eliminación del trámite de calificación urbanística.
  • Propuesta de procedimiento para la solicitud de prórrogas de la sección C).
  • Propuesta de procedimiento de reclasificación de la sección A) a C).
  • Concurso automático de derechos mineros
  • Agilización de trámites de revisión del PREN
  • Renovación automática de autorizaciones de tránsito por vía pecuaria.
  • Adaptación de la normativa de seguridad minera a los principios de la unidad de mercado, la buena regulación y competencia:
  • Supresión/inaplicación de la ITC de voladuras especiales y de sus requerimientos.
  • Supresión/inaplicación del art 117 en sus tres primeros apartados y del artículo 5 de la 07.1.03 «Desarrollo de labores»
  • Supresión/inaplicación de itinerarios formativos y, de las Especificaciones Técnicas de desarrollo
  • Supresión/inaplicación de la autorización de los sondeos de geotermia
  • Sustitución del actual sistema de garantías financieras (avales) de restauración de las explotaciones mineras