Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital – Información sobre la línea de Avales (31 marzo)

  • Instituto de Crédito Oficial – Línea de Avales Real Decreto-ley 8/2020, de 17 de marzo. Acceso a la web: + ver documento pdf
  • Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital – Preguntas frecuentes. (31 marzo) + ver documento pdf
  • Gobierno – Información sobre la línea de avales para facilitar la obtención de préstamos. (1 abril)

Esta financiación puede solicitarse hasta el 30 de septiembre de 2020. Por ello, se recomienda que, antes de dirigirse a su entidad financiera:

1) Realicen un cálculo del capital necesitado, este dependerá mucho de lo que se alargue dicha situación.

2) Las entidades financieras tendrán capacidad para variar los tipos de interés, que serán inferiores a los actuales de mercado, se aconseja comparar distintas entidades.

3) Confirmen, si hubiera, comisiones de estudio, apertura y cancelación anticipada.

Como siempre, que sus departamentos de Contabilidad preparen toda la documentación que los bancos les requieran (autoliquidaciones, balances actualizados, escrituras, declaraciones informativas, etc.).

1. Finalidad.

Cubrir los nuevos préstamos y otras modalidades de financiación y las renovaciones concedidos por entidades financieras a empresas y autónomos para atender las necesidades de financiación derivadas, entre otros, de:

    • Pagos de salarios
    • Facturas
    • Necesidad de circulante u otras necesidades de liquidez, incluyendo las derivadas de vencimientos de obligaciones financieras o tributarias.

2. Requisitos.

    • a) Empresas y autónomos que tengan domicilio social en España
    • b) Que se hayan visto afectados por el Covid-19.
    • c) Préstamos y operaciones que hayan sido formalizados con posterioridad al 17 de marzo de 2020.
    • d) Que los acreditados no figuren en situación de morosidad.
    • e) Que los acreditados no estén sujetos a un procedimiento concursal a fecha de 17 de marzo de 2020.

3. Importe máximo.

    • Hasta un máximo de 1,5 millones de euros en una o varias operaciones de préstamo a autónomos y empresas.
    • Para préstamos por encima de 1,5 millones de euros, hasta el máximo establecido en el Marco Temporal de Ayudas de Estado de la Comisión Europea tanto para autónomos y empresas que reúnan la condición de pyme como para empresas que no reúnan la condición de pyme (24% de ingresos anuales o 24 meses de salarios).

4. Porcentajes máximos de avales.

    • Pymes y Autónomos: el aval ascenderá como máximo al 80% de la operación
    • Resto de empresas: el aval cubrirá como máximo el 70% de nuevas operaciones y el 80% de operaciones de renovación.

5. Plazo de solicitud de los avales.

    • Podrán solicitarse hasta el 30 de septiembre de 2020.

6. Plazo de vencimiento máximo del aval.

    • El plazo del aval emitido coincidirá con el plazo de la operación hasta un máximo de 5 años.