Orden SND/260/2020, por la que se suspende la activación del servicio de gestión de la demanda de interrumpibilidad por criterios económicos ante la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19. (20 marzo)

Esta Orden entra en vigor el día 20 de marzo y, según establece, mientras esté en vigor el estado de alarma (ocasionado por el COVID-19), REE no activará el servicio de gestión de la demanda de interrumpibilidad por criterios económicos a los que hace referencia el art.8 de la Orden IET/2013/2013, que regula la demanda de interrumpibilidad.

La Orden considera que es fundamental el mantenimiento del suministro de energía eléctrica a los grandes consumidores que prestan el servicio de gestión de la demanda de interrumpibilidad, para poder garantizar el abastecimiento de los bienes que producen, que necesarios tanto por su naturaleza como por su relevancia cuantitativa en los mercados. La paralización de estas industrias podría poner en riesgo el abastecimiento de éstos, lo que incidiría de manera negativa en la economía que se está viendo impactada por la crisis sanitaria.

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